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SALMONELLA (Apuntes y Video MARM)

PROGRAMAS NACIONALES DE CONTROL DE SALMONELLA


El Reglamento (CE) Nº 2160/2003 establece la obligatoriedad de adoptar medidas apropiadas y eficaces para detectar y controlar la presencia de Salmonella en todas las etapas de la producción con objeto de disminuir su prevalencia y el riesgo que suponen para la salud pública. Para ello contempla la fijación de objetivos comunitarios de reducción de la prevalencia.
 

PROGRAMAS NACIONALES DE CONTROL (ver video)

Los Programas Nacionales de Control abarcarán como mínimo los aspectos relacionados con la producción de alimentos para animales, la producción primaria y la transformación y preparación de alimentos de origen animal. Esto conlleva:


La definición de las responsabilidades de las autoridades competentes y la aprobación de los laboratorios autorizados para llevar a cabo el análisis de las muestras.


El desarrollo de las medidas de control a aplicar en el caso de que se detecte una zoonosis, principalmente para preservar la salud pública.


La aplicación de mecanismos de evaluación de resultados de los análisis.


El mantenimiento de registros en las explotaciones para asegurar la trazabilidad.
 
 
CONTROL DE LA SALMONELOSIS EN AVICULTURA

1) Manadas de aves reproductoras de la especie Gallus gallus.

El Reglamento (CE) Nº 1003/2005 que establece el objetivo comunitario de reducción en manadas de aves reproductoras de la especie Gallus gallus, menciona que no más de 1% de las manadas de aves reproductoras con más de 250 aves permanecerán positivas para los siguientes serotipos de Salmonella:


Salmonella Enteritidis, Salmonella Hadar, Salmonella Infantis, Salmonella Typhimurium y Salmonella Virchow el 31 de diciembre de 2009.


Para conseguir este objetivo, el 1 de enero de 2007 comenzó la aplicación del Programa Nacional de control que junto con las Guías de buenas prácticas de higiene en explotación constituye una herramienta para disminuir la prevalencia.
Imagen de una flecha

2) Manadas de gallinas ponedoras de la especie Gallus gallus.

Se basa en el Reglamento (CE) Nº 1168/2006 y el objetivo a alcanzar se calculó tomando como punto de partida la prevalencia de Salmonella detectada en el estudio realizado entre 2004 y 2005.
Imagen de una flecha

3) Manadas de pollos de carne de la especie Gallus gallus.

A nivel nacional durante 2007 y 2008 se ha estado aplicando el Plan Nacional de medidas de vigilancia de determinados serotipos de Salmonella hasta el 1 de enero de 2009 en el que comenzó la aplicación del Programa Nacional de control a nivel comunitario.
Imagen pdf


VACUNAS AUTORIZADAS FRENTE A SALMONELOSIS AVIAR

Tanto en los Programas Nacionales como en el Reglamento (CE) Nº 1177/2006 de la Comisión, se contempla el uso de vacunas como una medida suplementaria para aumentar la resistencia de las aves a la exposición a la Salmonella y para reducir su excrección.


Para la vacunación de las manadas únicamente podrán utilizarse vacunas que dispongan de la previa autorización de comercialización de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios o por la Comisión Europea. Para poder utilizase con seguridad, los métodos de detección deben ser capaces de diferenciar las cepas vacunales de las cepas de campo.

Entre ellas destaca:

1720 ESP

AVISAN® SECURE

Salmonella enteritidis PT4 y Salmonella typhimurium DT104. Inactivada


LABORATORIOS DE CONTROL

Los laboratorios participantes en los programas deberán, a efectos de los análisis de las muestras procedentes de los PNC:

ser laboratorios autorizados por la autoridad competente,


aplicar sistemas de aseguramiento de la calidad; y


participar periódicamente en las pruebas de detección colectivas organizadas o coordinadas por el laboratorio nacional de referencia.


El Laboratorio Nacional de Referencia para las Salmonelosis animales es el Laboratorio Central de Veterinaria dependiente del MARM situado en Algete (Madrid).